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ALTA SEGURIDAD SOCIAL DE ADMINISTRADORES
SEPA
A partir del uno de febrero de 2014 entrar? en vigor el SEPA (Syngle Euro Payments Area)
«Zona ?nica de Pagos en Euros» o zona en la que los distintos agentes econ?micos (individuos, empresas, …) pueden efectuar o recibir pagos en euros dentro de Europa, dentro de su pa?s o entre distintos pa?ses en las mismas condiciones o con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.
Con esto se pretende que los pagos en euros entre cualquier cuenta entre distintos pa?ses de la zona de aplicaci?n se realicen de forma tan sencilla como dentro del pa?s, para as? facilitar los intercambios internacionales dentro de Europa.
Los pa?ses que integran la zona SEPA son 33: los 27 estados miembros de la Uni?n Europea y Liechtenstein, Islandia, Noruega, Suiza y M?naco.
Este sistema afectar? a las transferencias, las domiciliaciones y el uso de tarjetas.
Una cuenta SEPA se identifica con dos c?digos:
- IBAN: (International Bank Account Number)
- BIC: ( Business Identifier Code)
Estos c?digos deben ser facilitados por la Entidad Financiera.
Emisi?n de Facturas Rectificativas
(para facturas emitidas y que no se van a cobrar)
Tengan en cuenta que en ning?n caso se trata de un m?todo de devoluci?n directa por parte de la Hacienda P?blica, sino indirecta. Es decir, la emisi?n de facturas rectificativas nos permiten compensarnos el IVA imputado pero no ingresado, en la declaraci?n del IVA en el siguiente trimestre.
En s?ntesis habr? que tener en cuenta: